La entidad económica es aquella
unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por
combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado
de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único
centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines
específicos para los que fue creada; la personalidad de la entidad económica es
independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores.
Explicación del postulado básico
Unidad identificable
Una entidad que persigue fines
económicos particulares y que es independiente de otras entidades es una unidad
identificable cuando:
a) existe un conjunto de recursos disponibles, con
estructura y operación propios, encaminados al cumplimiento de fines
específicos; y
b) se asocia con un único centro de control que
toma decisiones con respecto al logro de fines específicos.
La entidad económica no coincide
necesariamente con la entidad jurídica. Esta última es aquélla con personalidad
jurídica propia, sujeta de derechos y obligaciones de conformidad con lo
establecido en las leyes, pudiendo ser una persona física o moral.
Para la emisión de información financiera, la
entidad económica debe prevalecer sobre los componentes individuales, que en su
caso, la integran.
El postulado de entidad económica permite
delimitar las operaciones que debe captar el sistema de información contable.
Conjunto integrado de actividades económicas y
recursos
Las actividades económicas de la
entidad combinadas con sus recursos, determinan el valor económico de la misma,
independientemente del valor individual de dichos elementos. El conjunto
integrado puede estar conformado por los activos tangibles e intangibles, el
capital de trabajo, el capital intelectual y la fuerza de trabajo, el
conocimiento del negocio, los contratos que aseguren la obtención de recursos y
la generación de beneficios económicos, y los procesos gerenciales
estratégicos, operacionales y de administración de recursos, entre otros.
Único centro de control
Control es el poder que tiene un
órgano centralizado tomador de decisiones para gobernar las políticas de
operación y financieras de los recursos y fuentes de una entidad económica, a
fin de obtener un beneficio. La entidad económica puede ser un sujeto
jurídicamente independiente o un conjunto de ellos, siempre y cuando éstos se
encuentren controlados bajo un único centro de decisiones.
Cumplimiento de fines específicos
En atención a su finalidad
existen dos tipos de entidades económicas: 20
a) entidad lucrativa - cuando su principal
propósito es resarcir y retribuir a los inversionistas su inversión, a través
de reembolsos o rendimientos.
b) entidad con propósitos no lucrativo - cuando su
objetivo es la consecución de los fines para los cuales fue creada,
principalmente de beneficio social, sin que se busque resarcir económicamente
las contribuciones a sus patrocinadores.
Las características de ambos
tipos de entidades se explican en la NIF A-3.
Personalidad de la entidad económica
La entidad económica se presume
como una unidad identificable con personalidad independiente de la de sus
accionistas, propietarios o patrocinadores, por lo que sólo deben incluirse en
la información financiera los activos, pasivos y capital contable o patrimonio
contable de este ente económico independiente.
La entidad persona física se
asume como una unidad de negocios independiente de su propietario, con
personalidad y capital contable propios, por lo que sólo deben incluirse en la
información financiera, los activos, pasivos y el capital contable de todos los
negocios que estén bajo el control de la persona física.
La
entidad persona moral tiene personalidad y capital contable o patrimonio
contable propios distintos de los que ostentan las personas que la constituyen
y administran. Por tal razón, debe presentar información financiera en la que
sólo deben incluirse los activos, pasivos y el capital contable o patrimonio
contable de dicha entidad.
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