Ante la existencia de operaciones
similares en una entidad, debe corresponder un mismo tratamiento contable, el
cual debe permanecer a través del tiempo, en tanto no cambie la esencia
económica de las operaciones.
Explicación del postulado básico
Mismo tratamiento contable
Algunas normas particulares
establecen tratamientos contables alternos, debiendo seleccionar el que mejor
refleje la sustancia económica de la operación. El tratamiento seleccionado
debe permanecer a lo largo del tiempo.
La consistencia propicia la generación
de información financiera comparable dado que sin ella, no habría posibilidad
de conocer si los cambios en los valores contables se deben a los efectos
económicos reales, o tan sólo a cambios en los tratamientos contables. Por lo
tanto, la consistencia coadyuva a la comparabilidad de la información
financiera en una misma entidad en diferentes periodos contables y en
comparación con otras entidades.
Sin embargo, la necesidad de
comparabilidad no debe ser un freno a la evolución y mejoramiento de la calidad
de la información financiera generada por el sistema contable. Si las
circunstancias o los hechos cambian y los criterios o procedimientos utilizados
generan información que se aleja de los requisitos de calidad esperados, dichos
criterios o procedimientos deben modificarse o sustituirse de manera
justificada por otros, con el fin de fortalecer la utilidad en la información
financiera.
Cualquier cambio contable que afecte la
comparabilidad debe sujetarse a lo dispuesto por las NIF particulares.
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