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14 de junio de 2012

JUICIO PROFESIONAL EN LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

El juicio profesional se refiere al empleo de los conocimientos técnicos y experiencia necesarios para seleccionar posibles cursos de acción en la aplicación de las NIF, dentro del contexto de la sustancia económica de la operación a ser reconocida.


El juicio profesional debe ejercerse con un criterio o enfoque prudencial, el cual consiste, en seleccionar la opción más conservadora, procurando en todo momento que la decisión se tome sobre bases equitativas para los usuarios de la información financiera. Con objeto de preservar la utilidad de la información financiera, ésta debe contener explicaciones sobre la forma en que se ha aplicado el criterio prudencial, con el propósito de permitir al usuario general formarse un juicio adecuado sobre los hechos y circunstancias que envuelven a la operación sujeta de reconocimiento.


El juicio profesional se emplea comúnmente para:

a) la elaboración de estimaciones y provisiones contables que sean confiables;

b) la determinación de grados de incertidumbre respecto a la eventual ocurrencia de sucesos futuros;

c) la selección de tratamientos contables;

d) la elección de normas contables supletorias a las NIF, cuando sea procedente;

e) el establecimiento de tratamientos contables particulares; y

f) lograr el equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera.

Elaboración de estimaciones y provisiones contables que sean confiables

La actividad económica involucra, en algunos casos, un ambiente de incertidumbre, lo que obliga a hacer diferentes supuestos para la interpretación y cuantificación de los hechos económicos futuros a fin de preservar la continuidad de la entidad económica. Derivado de lo anterior, el uso de estimaciones y provisiones contables es una parte esencial del proceso de elaboración de la información financiera. Su determinación requiere del empleo del juicio profesional, el cual busca prever y estimar hechos probables a la luz de las circunstancias actuales, pero desconocidos en cuanto a su importe, su fecha de realización o destinatario, reconociéndolos adecuadamente a pesar de las posibles incertidumbres inherentes al hecho en cuestión.

Las estimaciones y provisiones contables deben basarse en la información disponible que tenga la entidad en ese momento y deben ser revisadas si cambian las circunstancias en las que se basó su determinación. Deben ser confiables y basarse en circunstancias actuales y relacionadas con eventos que ocurrirán en el futuro. Como ejemplos se tienen las estimaciones para cuentas incobrables o para inventarios obsoletos y de lento movimiento, la identificación de la vida útil económica de los activos sujetos a depreciación, las provisiones por obligaciones laborales, las estimaciones de ingresos para determinar el grado de avance de una obra en construcción, entre otras.

El ejercicio del criterio prudencial en la elaboración de estimaciones y provisiones contables, implica la inclusión de un grado suficiente de precaución, de manera tal, que se evite la sobrevaluación o subvaluación de activos y pasivos, porque de lo contrario la información financiera pierde su utilidad.

Determinación de grados de incertidumbre respecto a la eventual ocurrencia de sucesos futuros

El reconocimiento contable se encuentra sujeto a distintos grados de incertidumbre, respecto a la eventual ocurrencia de sucesos en el futuro. La determinación de dichos grados de incertidumbre, debe hacerse a partir de la evidencia disponible, como sigue:

a) probable - existe alta certeza de que el suceso futuro ocurrirá; esto, con base en información, pruebas, evidencias o datos disponibles.

b) posible - el suceso futuro puede ocurrir; por consiguiente, la ocurrencia del evento es más que remota y menos que probable.

c) remota - no existen indicios o evidencias suficientes que permitan afirmar que ocurrirá el suceso futuro.

Selección entre alternativas permitidas

Cuando alguna NIF particular establezca métodos alternativos de valuación, presentación o revelación, el juicio profesional debe emplearse para elegir la alternativa más apropiada para elaborar la información contenida en los estados financieros.

Elección de normas contables supletorias a las NIF cuando sea procedente

La NIF A-8, Supletoriedad, establece las bases y condiciones para aplicar otro conjunto formal y reconocido de normas contables distinto al mexicano. En este respecto, el juicio profesional debe aplicarse para elegir normas supletorias en los términos establecidos por esa NIF.

Establecimiento de tratamientos contables particulares

Dado que las NIF no pretenden establecer criterios contables específicos para cada escenario o situación que surja en la práctica, el juicio profesional debe utilizarse para inferir un tratamiento contable a seguir, recurriendo para ello, a los conceptos generales contenidos en el MC.

Lograr el equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera

El juicio profesional debe emplearse para lograr un equilibrio entre las características cualitativas de la información financiera a fin de proporcionar información financiera útil para la toma de decisiones.

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